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Requisitos para contraer matrimonio civil


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Las personas que deseen contraer matrimonio civil en la Municipalidad de Guatemala, deben cumplir todos los requisitos a continuación y acudir a recoger y entregar la papelería respectiva, en la Sección de Matrimonios, 2º. piso del Edificio Municipal.

 

  • Vivir o tener su domicilio y/o Residencia dentro del perímetro de la zona 1 a la 25.
  • Certificaciones de nacimiento ORIGINALES de cada contrayente, extendidas por el RENAP, (de no más de 3 meses haber sido extendidas) Digitalizadas.
  • DPI correspondiente (en ambos documentos deben de constar que son solteros).
  • Fotocopias Claras y entendibles de los DPI de los contrayentes. (En el caso de que uno o lo contrayentes fuera menores de edad, deberán presentarse fotocopias claras y entendibles de los DPI de los padres, o bien de quien tenga la patria potestad o tutela del menor o la autorización debidamente firmada por un Notario o la Autorización judicial conforme a la ley). NOTA: las personas indicadas deberán presentarse el día señalado para el matrimonio con sus respectivos documentos de identificación.
  • Certificado médico de ambos contrayentes en el conste que las personas examinas no padecen de enfermedad contagiosa incurable perjudicial al otro conyugue o a la descendencia o que no tiene defectos físicos que imposibiliten la procreación (No deberá presentarse certificado cuando los contrayentes ya han tenido relaciones de hecho o cuando ya viven juntos y/o tienen hijos).
  • Cada conyugue deberá presentar el Boleto de Ornato de la Municipalidad de Guatemala del año en curso.
  • Si uno o ambos contrayentes fueses viudo o divorciado, deberá constar dicha circunstancia en la certificación de nacimiento, así como en el DPI
  • Llenar formulario de solicitud, el cual se proporcionará en la Sección de Matrimonios al cumplir con todos los requisitos y formalidades legales necesarias para autorizar el matrimonio civil.

 

NOTA: Para las personas con discapacidad auditiva (Sordas) y/o que no se pueden expresar verbalmente, ES OBLIGATORIA el día de la boda la presentación de un INTERPRETE, quien deberá presentar por escrito previo a la celebración del matrimonio la correspondiente autorización emitida por el COMITÉ DE PRO CIEGO Y SORDOS DE GUATEMALA para poder interpretar la ceremonia a los contrayentes. Quien además de identificarse con su respectivo carné acreditado por la institución relacionada, y su correspondiente DPI, deberá firmar en caso sellar el acta de matrimonio.

 

Requisitos para extranjeros que desean contraer matrimonio en la Ciudad de Guatemala: 

1. Certificación de nacimiento y Certificación de soltería

  • Estos DOS documentos deben ser extendidos por EL REGISTRO CIVIL del país donde nació.·
  • Deben ser firmados por el embajador o cónsul de Guatemala que se encuentre en el país de origen de la persona extranjera/o,  y deben estar debidamente firmados en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala.·
  • Si los documentos vienen en otro idioma que no sea el español, deben ser traducidos con un traductor jurado guatemalteco registrado de conformidad con la ley.

2. Certificado médico
3. Pasaporte vigente
4. Publicaciones de edictos en el diario oficial y otro de mayor circulación.
5. Celebrar capitulaciones matrimoniales con un notario guatemalteco en el caso que un contrayente sea extranjero/a  y el otro sea guatemalteco/a.
6. Protocolizar con un notario guatemalteco los documentos provenientes del extranjero de conformidad con la ley.

Importante: El hecho de contraer matrimonio civil en la Municipalidad de Guatemala no significa que el estadio del extranjero/a en el país sea legal. Por el contrario, su situación migratoria debe ser solucionada ante las instituciones migratorias de Guatemala

Completa la documentación, se fijará día y hora para la celebración de matrimonio.

 

Durante la ceremonia, SE RECOMIENDA QUE LOS CELULARES los pongan en vibrador para no interrumpir el evento.

 

La celebración del matrimonio civil NO tiene ningún costo. Una vez celebrado el matrimonio civil, el mismo día se hará entrega de la respectiva constancia. La obtención de la certificación de matrimonio debe ser tramitada en el Registro Nacional de Personas (RENAP).

 

Una vez celebrado el matrimonio la documentación presentada, quedará bajo guarda y custodia de la Municipalidad de Guatemala NO se devolverá ningún documento y en todo caso se extenderá una certificación de conformidad con la Ley de Acceso a la Información Pública. Sí por cualquier circunstancia no se llevará a cabo el matrimonio, únicamente se devolverá la documentación a los titulares de la misma.

 

Los MATRIMONIOS INDIVIDUALES se celebran en la Municipalidad de Guatemala de Lunes a Viernes y los MATRIMONIOS COLECTIVOS se celebran por el señor Alcalde el primer viernes de cada mes en el antiguo edificio de correos ubicado en la 7ma avenida 11-57 zona 1, ciudad de Guatemala.

 

Si desea más información, el horario de atención es de LUNES a VIERNES de 9:00 a 17:00hrs. Al teléfono 2285-8284

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