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Dirección de Planificación Urbana


La Dirección de Planificación Urbana –DPU- se crea a partir de la aprobación en 2008 del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala, por Acuerdo COM-30-08. Las funciones que actualmente tiene fueron parcialmente desempeñadas por la Unidad del Plan de Desarrollo Metropolitano. 

Dentro de las atribuciones de la DPU están: promover diferentes instrumentos normativos de gestión del suelo, para lograr un uso adecuado y eficiente del territorio, tomando como modelo una ciudad densa y compacta, dotada de equipamientos urbanos para facilitar el desarrollo de la vivienda, complementada esta con actividades comerciales y productivas, generando así un entorno urbano sostenible a los residentes del municipio. Asimismo articula entre las diferentes direcciones municipales las iniciativas orientadas al desarrollo integral del territorio.

 

Marco Legal

La Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 253 faculta a los municipios del país a ordenar su territorio por medio de la emisión de reglamentos y ordenanzas municipales. Esa facultad constitucional de ordenamiento territorial y las disposiciones jurídicas contempladas en el Código Municipal (Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas) le ha permitido al Municipio de Guatemala estructurar, aprobar y ejecutar las disposiciones contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala, así como sus normas complementarias y suplementarias.

 

Funciones y enfoques de la planificación de la DPU

Para cumplir con los objetivos de la DPU, esta orienta sus esfuerzos en un esquema de planificación en tres ámbitos:

 

Planificación normativa.

Funciones de la Dirección de Planificación Urbana (Articulo 17.* Competencia de la Dirección de Planificación Urbana. POT- COM-030-2008 Reformas: COM-13-2011, COM- 42-2011, COM-05-2013, COM-16-2013 (Integradas).

 

  • Opinar en los casos que sean de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo COM-030-08.
  • Elaborar o facilitar la formulación de los Planes Locales de Ordenamiento Territorial.
  • Proponer todas aquellas disposiciones municipales que se consideren convenientes para la mejor aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial contenido en el Acuerdo COM-030-08.
  • Proponer correcciones, modificaciones o revisiones al Plan de Ordenamiento Territorial y sus normas complementarias según se considere necesario.
  • Colaborar en la implementación del Plan de Ordenamiento Territorial junto con aquellas instancias y dependencias que corresponda.
  • Emitir opinión técnica respecto a los diseños geométricos viales específicos y asignación de categorías del espacio vial formulados por el Departamento de Planificación y Diseño

 

Planificación estratégica territorial

  • Formulación de Planes Directores.
  • Formulación de Planes Zonales.
  • Formulación de Planes Maestros.
  • Formulación de Proyectos urbanos.

 

Planificación estratégica municipal

  • Formulación de grandes proyectos urbanos, a escala Ciudad y área metropolitana

 

UBICACIÓN

21 Calle 6-77 Zona 1, Centro Cívico, Palacio Municipal, tercer piso
Teléfonos: 2285-8066.

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