| | El Transmetro también recuperó el ornato en su ruta de desplazamiento. |
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Ciudad de Guatemala, 2 de mayo de 2008/ A diario, los capitalinos deben afrontar los congestionamientos vehiculares. Con el fin de paliar este problema, la Municipalidad de Guatemala propone una nueva opción en el servicio de transporte colectivo. Transmetro surgió con el afán de contribuir a mejorar la calidad de vida de los vecinos del municipio. A causa de la importancia de este nuevo medio de transporte masivo promovido por la comuna, es preciso que los propietarios de inmuebles cercanos a su ruta conozcan las ordenanzas municipales sobre el uso del suelo y desarrollo de nuevos proyectos de construcción de este innovador sistema. | | Mapa de áreas de influencia. |
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Acuerdo COM-15-2005
El Honorable Concejo Municipal ha implementado desde el 7 de junio de 2005 el Acuerdo COM-15-2005, como la normativa por aplicar en su afán de recobrar el espíritu residencial original de estos sectores y evitar que sus habitantes emigren hacia otros municipios, buscando incentivar en ellos un uso mixto del suelo (residencial y comercial).
Este acuerdo constituye una ordenanza municipal de uso del suelo y construcción, en el área de influencia de la Av. Simón Bolívar y la calzada Raúl Aguilar Batres, eje sobre el cual circula el Transmetro, que comprende un polígono que abarca extensos sectores de las zonas 1, 3, 8, 11 y 12.
Sin embargo, su aplicación exceptúa aquellos inmuebles adyacentes y con acceso directo desde estas vías principales, además del bulevar Liberación, Anillo Periférico y Calzada Atanasio Tzul.
Alcances del COM-15-2005
El énfasis de esta ordenanza es incentivar el uso residencial en los alrededores del Eje Transmetro. Esto no significa que al vecino de este sector se le impedirá dar otros usos a su inmueble, siempre y cuando éste sea predominantemente residencial (60%). En el caso de proyectos de varios niveles, únicamente los dos primeros podrán utilizarse para comercio, siempre y cuando el 60% del total del proyecto sea para uso residencial. La finalidad de esta ordenanza es evitar que inmuebles creados para uso de vivienda sean convertidos en comercios, sin contar con las condiciones adecuadas y mínimas para ello, y en los proyectos de ampliación y construcción nueva, motivar un uso mixto del suelo de una forma balanceada. Estimado vecino: Recuerde que si su inmueble se encuentra dentro del polígono del COM-15-2005 deberá darle un uso predominantemente residencial. |