| Trámites | ||||||
| Enero y febrero, meses para obtener su Boleto de Ornato | ||||||
| Arbitrio es requerido para gestión de trámites | ||||||
Ciudad de Guatemala, 20 de enero de 2009/ La Comuna Capitalina informa a los vecinos del municipio de Guatemala que el pago del arbitrio de Ornato Municipal deberá efectuarse durante los meses de enero y febrero, de conformidad con el Decreto 121-96 del Congreso de la República de Guatemala, para lo cual se les recuerda que:
A las empresas ubicadas dentro del municipio de Guatemala, dependencias del estado, instituciones descentralizadas y autónomas, así como organizaciones no gubernamentales, se les recuerda que están en la obligación de solicitar el comprobante de pago de Boleto de Ornato a todos sus trabajadores, y si no contaran con el mismo o lo hubiere pagado pero no puede demostrarlo, deberá retenerle del salario o pago de servicios del mes de enero y a mas tardar el mes de febrero, el importe que de conformidad con la Ley, en caso de incumplimiento, se impondrán las sanciones correspondientes a través del Juzgado de Asuntos Municipales. | ||||||
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Servicios |
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