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Boleto de Ornato
Recordatorio a Empresas
Municipalidad de Guatemala

Ciudad de Guatemala, mayo 2010/Las empresas que exigieron la presentación del Boleto de Ornato a sus trabajadores, o bien lo descontaron del salario de Enero o Febrero como la ley lo indica, deben enterar a la Municipalidad de dicho descuento y así obtener los respectivos Boletos de Ornato, para evitarse las sanciones que establece el Artículo 8 inciso 3 del Decreto 121-96 Ley del Arbitrio de Ornato Municipal.

 

Además los delegados municipales realizarán acciones de verificación en las empresas a partir del mes de abril de 2010, por lo que éstas deberán poner a la vista la documentación relacionada con los salarios de los trabajadores que se les solicite. Las visitas para verificación que realizan los delegados municipales no sustituyen la obligación que las empresas tienen de cumplir con lo indicado en el párrafo anterior.


Finalmente, como una colaboración por parte de las empresas que ya cumplieron debidamente con exigir o retener del salario el pago del boleto de ornato 2010, que se solicite a las personas que han sido contratadas posteriormente, presentar el comprobante del pago de Boleto de Ornato, con el fin de que todos contribuyan equitativamente en el ornato de nuestra ciudad.

 


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