Anuncios tipo vallas perimetrales |
Regulación, autorización y operativos de ornato |
Ciudad de Guatemala, 22 de marzo de 2007/Desde 2003 se ha incrementado la instalación de anuncios del tipo vallas perimetrales. Sin embargo, no está autorizado colocarlas en la vía pública, sino sólo en propiedad privada, siempre y cuando no tengan voladizos que traspase los límites de la misma.
La colocación de vallas perimetrales está regulada por el Decreto 34-2003 del Congreso de la República, Ley de Anuncios en Vías Urbanas, Vías Extraurbanas y Similares. La autorización es emitida por el Departamento de Control de la Construcción Urbana de la comuna capitalina, y se solicita a través del formulario 201 (Solicitud de Autorización de Anuncios).
Por lo anterior, la comuna capitalina solicita a vecinos y publicistas que tramiten la autorización municipal correspondiente antes de colocarlas. El compromiso de la comuna capitalina es entregar a los vecinos“Una ciudad para vivir”, a través de la recuperación del espacio público y el ornato. Para más información puede dirigirse al Departamento de Control de Construcción Urbana, 4to. piso del Palacio Municipal, llamar al 2285-8500, o en caso de denuncias, comunicarse al 1551.
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